SÍNTESIS DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN E INVERSIÓN DEL SECTOR RURAL (FOCIR)


Servicios de Cobertura

Quien puede solicitar un apoyo

Inversionistas de capital privado nacionales y extranjeros que realicen inversiones de capital de riesgo en empresas agroindustriales mexicanas o establecidas en territorio nacional, ya sea a través de instrumentos de capital de riesgo o de deuda mezanine

Montos y tipos de apoyo 

El apoyo consiste en cubrir un porcentaje de las pérdidas de valor de la inversión inicial que puedan presentarse en las inversiones de capital de riesgo o deuda mezanine sujetas a cobertura, en forma proporcional ("pari passu") entre FOCIR y el inversionista.

El porcentaje de cobertura respecto a la inversión podrá ser de 30, 40 o 50 por ciento bajo el esquema "pari passu" (proporcionalidad).

El otorgamiento del porcentaje de cobertura estará sujeto al monto de las disponibilidades de los recursos otorgados para este servicio y a los límites de exposición que en su caso se establezcan.

El inversionista deberá pagar a FOCIR, al contratar los servicios de cobertura, una prima que fijará FOCIR caso por caso, con base en la metodología establecida, y que considera los siguientes factores:

a)Riesgos propios del proyecto o portafolio

c)Periodo de vigencia de la cobertura

b)Porcentaje de cobertura

d)Evaluación del inversionista

Para cada proyecto específico, el periodo máximo de vigencia de la cobertura será de 7 años, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato respectivo, teniendo el inversionista la obligación de mantener su inversión por un plazo mínimo de 3 años; transcurrido este periodo, podrá solicitar el ejercicio de la cobertura, por única ocasión, conforme a la siguiente tabla:

Para las inversiones realizadas a través de instrumentos de capital de riesgo, el inversionista de capital privado podrá ejercer la cobertura cuando:

  • El valor de la inversión cubierta haya disminuido al menos 30% y se encuentre dentro del plazo contratado, como se establece en la tabla arriba señalada.
  • Si dentro del plazo contratado, no se llegan a presentar pérdidas iguales o superiores al 30%, FOCIR reembolsara el porcentaje de cobertura contratado sobre la pérdida originada, hasta el final del plazo contratado
  • Se hayan cumplido los requisitos estipulados en el contrato de cobertura.

Requisitos


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