SíNTESIS DE LOS PROGRAMAS DE APOYO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA,GANADERÍA DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN (SAGARPA)

 


Programa de Atención a Problemas Estructurales (Apoyos Compensatorios)

 

 

Apoyos que ofrece

Energéticos agropecuarios

Apoyos económicos denominados “Subsidio SAGARPA”, para la adquisición de insumos energéticos; el diesel utilizado en las actividades agropecuarias y pesqueras y la gasolina para su aplicación en la pesca ribereña. Estos apoyos son de carácter temporal y exclusivamente con recursos federales.

Ingreso Objetivo mínimo

Para Ingreso Objetivo, apoyos otorgados directamente a los productores o a las organizaciones de productores, personas físicas o morales, mediante un apoyo complementario al ingreso de los granos y oleaginosas elegibles;

Ordenamiento del mercado de granos y oleaginosas elegibles definidos por la Secretaría

Apoyos directos a productores pecuarios, o a través de sus organizaciones o fabricantes de alimentos balanceados para compensar los costos inherentes a la movilización de los granos, para el acceso a granos forrajeros nacionales; apoyos canalizados a los productores a través de sus organizaciones, así como a compradores orientados al desplazamiento de las cosechas mediante la compensación para almacenaje, fletes (cabotaje y/o flete terrestre) y para la exportación; así como apoyo complementario al ingreso en agricultura por contrato y de compensación de bases; y otros Esquemas de Comercialización específicos, y apoyos compensatorios a la inducción productiva.

Coberturas

Adquisición de coberturas de precios, que consideran las siguientes modalidades: cobertura simple, cobertura para Agricultura por Contrato, coberturas piloto y emergentes, coberturas propias y coberturas de servicios

 

Monto del apoyo

Insumos energéticos agropecuarios y pesqueros:

$2.00 por cada litro

Ingreso Objetivo:

Se calcula tomando en cuenta el Ingreso objetivo mínimo - precio de mercado reconocido por la Secretaría.

Tipo de Apoyo

Unidad de Medida

Monto del Apoyo (Método de Cálculo)

1.1. Apoyo complementario al ingreso de granos y oleaginosas elegibles.

$/ton

Apoyo complementario al ingreso = Ingreso objetivo mínimo - precio de mercado reconocido por la Secretaría.

Ordenamiento del mercado:

2.1. Apoyo acceso a granos forrajeros elegibles.

$/ton

Apoyo acceso a granos forrajeros = K1 [Precio del producto nacional puesto en zona de consumo pecuario - Precio internacional del producto puesto en puerto o frontera].

2.2. Apoyo para almacenaje de granos y oleaginosas elegibles.

$/ ton

Apoyo para almacenaje = K1 [Suma de los costos de almacenaje, costos financieros y de maniobras que se generen por el manejo de inventarios]. Durante el periodo que se determine en los lineamientos específicos de operación.

2.3. Apoyo a la exportación de granos y oleaginosas elegibles.

$/ ton

Apoyo a la exportación = K1 [Precio libre a bordo puerto y/o frontera mexicana - Precio libre a bordo puerto y/o frontera del país de referencia]

2.4. Apoyo a fletes (terrestre o cabotaje) de granos y oleaginosas elegibles.

$/ ton

Apoyo a fletes = K1 [Costo del producto nacional puesto en zona de consumo (vía cabotaje o flete terrestre) - Precio internacional del producto en zona de consumo].

La variable K1 puede ser menor o igual a uno, considerando las condiciones internas y externas de la oferta y demanda del producto.

2.5. Apoyos a la Agricultura por Contrato de granos y oleaginosas elegibles.

2.5.1. Apoyo complementario al ingreso en agricultura por contrato.

$/ton

Apoyo complementario al ingreso en Agricultura por Contrato = ingreso objetivo mínimo - precio de Agricultura por Contrato.

2.5.2. Apoyo por compensación de bases en agricultura por contrato.

$/ton

Apoyo por compensación de bases en Agricultura por Contrato = base estandarizada en zona consumidora - base zona consumidora del físico.

Cuando el resultado denota un fortalecimiento de la base, el pago es a favor del productor; cuando el resultado denota un debilitamiento de la base, el pago es a favor del comprador.

2.6. Esquemas de comercialización específicos.

2.6.1. Apoyos directos y apoyo para valor agregado más interrelación de apoyos aquí establecidos (almacenaje, fletes, entre otros). Entre los apoyos directos se podrán considerar apoyos por contingencias de comercialización y/o de paridad cambiaría.

2.6.2. Esquema de compras anticipadas.

2.6.3. Apoyos compensatorios a la inducción productiva.

$/ton

La Secretaría determinará los productos, Entidades Federativas, ciclos agrícolas, volúmenes a apoyar, tipo y monto del apoyo por tonelada, periodo para el trámite del apoyo, entre otros, que se publicarán en el DOF los lineamientos específicos de operación; y/o quedarán establecidos en los convenios de concertación que se acuerden.

Adquisición de cobertura de precios: 

3. Apoyos directos a coberturas de precios de productos y especies elegibles. Se realizarán preferentemente a través de la compra de opciones sobre futuros “put” y “call” que cotizan en bolsa. Se miden en número de contratos de colocación en la bolsa.

3.1. Cobertura simple.

Número contratos

Uso de opciones “put”, con un apoyo de la Secretaría hasta del 50% del precio de la cobertura.

3.2. Cobertura para agricultura por contrato.

Número contratos

Esquema 1. Compradores: Uso de opciones “put”, con apoyo de la Secretaría hasta del 50% del precio de la cobertura. Para productores: uso de opciones “call”, con apoyo de la Secretaría que puede ser hasta del 100% del precio de la cobertura.

Esquema 2. Compradores: uso de opciones “put”, con apoyo de la Secretaría que puede ser hasta del 100% del precio de la cobertura.

Los porcentajes de apoyo máximo que se determinarán, para ambas opciones, en los lineamientos específicos de operación de la Agricultura por Contrato.

3.3. Coberturas piloto y emergentes.

Número contratos

La Secretaría determinará los productos, ciclos agrícolas y regiones para los que se instrumentarán estas modalidades de coberturas, así como los porcentajes y los instrumentos de cobertura que aplicarán.

3.4. Coberturas propias.

Número contratos

La Secretaría determina los instrumentos de cobertura que utilizará y las cubrirá al 100% del precio de la cobertura. Esas coberturas podrán ser reasignadas a la modalidad de Agricultura por Contrato y al esquema de compras anticipadas, siempre que los beneficiarios cumplan con las condiciones establecidas para esa modalidad.

3.5. Coberturas de servicio.

Número contratos

El interesado pagará el 100% del precio de la cobertura.

 

Los productos elegibles para Ingreso objetivo son: 

PRODUCTOS ELEGIBLES

INGRESO OBJETIVO (PESOS POR TONELADA)

Maíz

1,650.00

Trigo

1,800.00

Sorgo

1,270.00

Cártamo

3,300.00

Canola

3,500.00

Algodón Pluma

16,000.00

Arroz

2,100.00

Soya

3,000.00

Triticale

1,800.00

Trigo forrajero

1,525.00

 Los productos elegibles y los montos del Ingreso Objetivo para los ciclos agrícolas del periodo 2009-2013, considerando la suficiencia presupuestaria para el ejercicio fiscal que corresponda, se publicarán en el DOF en el primer trimestre del año 2009. 

Ordenamiento del mercado de granos y oleaginosas elegibles definidos por la Secretaría

La Secretaría a través de la Unidad Normativa responsable, publicará en el DOF el marco normativo complementario que se requiera, como los Lineamientos específicos de operación al Ordenamiento del Mercado para instrumentar el tipo de apoyo que corresponda; sus Avisos al tipo de apoyo específico; para la Entrega Anticipada de Recursos Presupuestales y/o acuerdos; entre otros.

Coberturas

Cobertura Simple

La cobertura se realizará a través del uso de opciones “put” y la Secretaría aportará hasta el 50% (cincuenta por ciento) del precio total de la cobertura.

Cobertura para Agricultura por Contrato

buscan favorecer a las partes garantizándoles el precio pactado, protegiéndolos de eventuales cambios adversos en el mercado internacional

Coberturas Piloto y Emergentes

La Secretaría podrá contratar opciones; opciones sintéticas o contratos de futuros. La Secretaría informará a los interesados cuando apliquen estas modalidades de coberturas a través de la página de Internet: www.infoaserca.gob.mx, para qué producto(s), ciclo(s) agrícola(s) y región(es)

Coberturas Propias.

La Secretaría diseñará la estrategia, definiendo con referencia a qué mercancía se instrumentarán dichas coberturas y los instrumentos de cobertura que se utilizarán, con base en el manual de políticas de operación para la adquisición de coberturas de precios

Coberturas de Servicio.

La Secretaría podrá realizar coberturas de servicio, de acuerdo con su capacidad operativa, sin afectación presupuestal para la Secretaría. En este caso, el interesado deberá pagar el 100% (cien por ciento) del precio total de la cobertura.

 

Energéticos agropecuarios

Sujetos productivos que forman parte del “Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios” integrado por la Secretaría, que utilizan diesel y gasolina ribereña en las actividades agropecuarias y pesqueras.

Ingreso Objetivo mínimo

Productores agrícolas sean personas físicas o morales u organizaciones de productores legalmente constituidas, que presenten excedentes y/o problemas de comercialización de los productos, granos y oleaginosas elegibles, de acuerdo con los criterios que defina la Secretaría

Ordenamiento del mercado de granos y oleaginosas elegibles definidos por la Secretaría

Productores, directamente o a través de sus organizaciones; así como a consumidores y comercializadores, legalmente constituidos conforme a la legislación mexicana aplicable, interesados en adquirir los productos elegibles; aquellos facultados para comercializar el producto, ya sea por cuenta propia o por cuenta y orden de sus miembros y que suscriban contratos a término; los productores, pecuarios y fabricantes de alimentos balanceados que realicen agricultura por contrato con productores, agrícolas nacionales de granos forrajeros.

Coberturas

Productores individuales o a través de sus organizaciones con producción comercializable de productos elegibles y los compradores de dichos productos para el caso de la agricultura por contrato y de otros esquemas de comercialización que se especifiquen.

Requisitos específicos 

Energéticos agropecuarios 

Personas físicas

Personas morales

  • Ser mayor de edad
  • Original y copia simple de identificación oficial
  • Copia de comprobante de domicilio
  • Datos de su CURP
  • Copia de documentación que acredite la propiedad
  • En su caso, documento que acredite la contratación de la prestación de los servicios
  • RFC
  • Dos fotografías de frente a color tamaño infantil
  • Copia del permiso o titulo de concesión
  • Copia del documento que acredite la instalación del dispositivo del sistema de monitoreo satelital (diesel marino).
  • Copia del permiso de siembra vigentes (diesel marino para instalaciones acuícolas)
  • Copia de la cédula de registro nacional de pesca, así como de la embarcación o instalación acuícola (actividades pesqueras).
  • Copia del certificado de seguridad marítima expedido por la SCT (diesel marino para embarcaciones).

 

  • Identificación, comprobante de domicilio y CURP de los socios
  • Original y copia simple o certificada del Acta constitutiva.
  • Original y copia de comprobante de domicilio fiscal
  • RFC y copia de la cédula de identificación fiscal
  • Poder del representante legal
  • Original y copia de la identificación oficial de las autoridades o representante legal.
  • Copia del permiso o concesión vigente (actividades pesqueras).

 

 Apoyo al Ingreso Objetivo, al Ordenamiento del Mercado y Adquisición de Coberturas 

A. Requisitos generales.

Persona Física

Persona Moral

Organización de Prod. (PM1) por cuenta y orden de sus miembros (PF1)

 

PF

PM

PM1

PF1

A.1.- Exhibir original para cotejo y entregar copia simple de la Identificación oficial y, en su caso, documento migratorio oficial que acredite su estancia legal en el país. Para una persona moral, aplica al representante o apoderado legal.

SI

SI

SI

SI

A.2.- Exhibir original para cotejo y entregar copia simple de la CURP, que aplica también para el caso de los representantes de las personas físicas o morales.

SI

SI

SI

SI

A.3.- Exhibir original para cotejo y entregar copia simple del RFC o de la CIF actualizada, salvo aquellos que no estén obligados a hacerlo de conformidad con la legislación hacendaría.

SI

SI

SI

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A.4.- Comprobante de domicilio.

SI

SI

SI

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A.5.- Entregar copia certificada ante Notario Público del acta constitutiva; reformas al acta constitutiva; Poder del representante o Apoderado legal facultado para solicitar y cobrar el apoyo y la relación de los beneficiarios solicitantes del apoyo en el “Formato de Apoyos Compensatorios” que está disponible en la página electrónica de la Secretaría, en términos del segundo párrafo del artículo 12 de las Reglas.

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SI

SI

-

A.6.- Salvedad.- Los productores, personas físicas o morales, que hayan entregado con anterioridad ante ASERCA la documentación requerida en el presente apartado A y que la misma no haya sufrido modificación alguna, sólo deberán presentar una comunicación suscrita por la persona física o por el apoderado legal acreditado, en la que solicitan participar en ésta componente de apoyo ratificando “bajo protesta de decir verdad”, que la documentación que entregó (señalando el nombre del esquema de apoyo, y el ciclo agrícola) obra en poder de Aserca, que no ha registrado cambios o modificación alguna y, en su caso, que el poder otorgado al apoderado legal se encuentra vigente, por lo que no ha sido limitado, revocado o modificado.

SI

SI

SI

SI

 

B. REQUISITOS ESPECIFICOS ADICIONALES PARA INGRESO OBJETIVO

Persona Física

Persona Moral

Organización de Prod. (PM1) por cuenta y orden de sus miembros (PF1)

 

PF

PM

PM1

PF1

B.1.- Llenar, firmar y entregar la SOLICITUD DE INSCRIPCION Y DE PAGO DEL APOYO”, conforme al anexo 28 con la que el beneficiario acepta todos y cada uno de sus términos, y proporciona “bajo protesta de decir verdad”, la información requerida en dicha solicitud.

SI

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B.2.-Acreditar la superficie sembrada mediante el registro de PROCAMPO o Registro Alterno, o con documento que le otorgue la legal posesión o usufructo del predio exhibiendo el original y proporcionando copia simple de la escritura de propiedad o certificado Parcelario y/o instrumento legal idóneo que acredite la posesión con las coordenadas de posicionamiento geográfico del predio, y otro de los documentos siguientes para cultivos bajo riego: boleta de pago del agua, contrato de crédito, contrato de seguro.

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B.3.- Entregar copia del comprobante fiscal autorizado por SHCP, que acredite la venta del producto objeto del apoyo en términos de “Peso Neto Analizado”, y de uno de los siguientes documentos: cheque de pago, póliza de cheque de pago, pago electrónico, depósito bancario o estado de cuenta bancario; o Carta Bajo Protesta de Decir Verdad de la forma de pago sin contravenir los límites establecidos por la SHCP para las operaciones en efectivo.

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B.4.- Entregar “Escrito bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de la solicitud de los apoyos se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que no tiene créditos fiscales firmes”, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 5, 6 y 7 del artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación; de acuerdo con el Formato que se adjunta (anexo 53).

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